Real cedula de S.M. y señores del Consejo, por la qual se manda observar el Real Decreto inserto, en que se declara el fuero que deben gozar los individuos del Exército y Armada, con distinción de tiempos de paz y guerra, en las causas que contra ellos se susciten por contravando ó fraude especialmente, y en los demás casos y delitos que en él se especifican, para evitar las competencias que suelen promoverse por su conocimiento entre los diversos jueces de quienes dependen los reos

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