Por la Real Cédula de 20 de Julio de 1802, que prescribe reglas para el nombramiento de Alcaldes mayores de Señorío, se previno en el cap. 4o. que los dueños jurisdiccionales los dotasen competentemente, asignándoles por lo ménos la qüota fixa de 500 ducados anuales, sin incluir el rendimiento del juzgado ...

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