Don Carlos, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, de Aragon, ... Sabed, que deseoso de facilitar á mis amados vasallos los medios oportunos para su subsistencia, y ocurrir á sus necesidades, tuve á bien prescribir por mi Real Cédula de diez y seis de septiembre de mil setecientos ochenta y quatro las reglas convenientes para evitar dilaciones y perjuicios en el pago de los créditos de artesanos, ó menestrales, jornaleros, criados, y acreedores alimentarios de comida, posada y otros semejantes, hallanando y derogando el fuero de toda clase de personas para que los acreedores pudiesen cobrar los créditos executivamente ...
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España., Escolano de Arrieta, P., Colegio Menor de Santa Catalina Mártir de los Verdes (Alcalá de Henares). (1788). Don Carlos, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, de Aragon, ... Sabed, que deseoso de facilitar á mis amados vasallos los medios oportunos para su subsistencia, y ocurrir á sus necesidades, tuve á bien prescribir por mi Real Cédula de diez y seis de septiembre de mil setecientos ochenta y quatro las reglas convenientes para evitar dilaciones y perjuicios en el pago de los créditos de artesanos, ó menestrales, jornaleros, criados, y acreedores alimentarios de comida, posada y otros semejantes, hallanando y derogando el fuero de toda clase de personas para que los acreedores pudiesen cobrar los créditos executivamente ... [Madrid?]: [s. n.].
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España, Pedro Escolano de Arrieta, and Colegio Menor de Santa Catalina Mártir de los Verdes (Alcalá de Henares). Don Carlos, Por La Gracia De Dios, Rey De Castilla, De Leon, De Aragon, ... Sabed, Que Deseoso De Facilitar á Mis Amados Vasallos Los Medios Oportunos Para Su Subsistencia, Y Ocurrir á Sus Necesidades, Tuve á Bien Prescribir Por Mi Real Cédula De Diez Y Seis De Septiembre De Mil Setecientos Ochenta Y Quatro Las Reglas Convenientes Para Evitar Dilaciones Y Perjuicios En El Pago De Los Créditos De Artesanos, ó Menestrales, Jornaleros, Criados, Y Acreedores Alimentarios De Comida, Posada Y Otros Semejantes, Hallanando Y Derogando El Fuero De Toda Clase De Personas Para Que Los Acreedores Pudiesen Cobrar Los Créditos Executivamente ... [Madrid?]: [s. n.], 1788.