Real cedula de S.M. y señores del Consejo por la qual se manda observar, y guardar como ley con punto general en los Reynos de Castilla, y Leon la Condicion 57 del quinto genero de Millones; y que los Cabildos, ó Ayuntamientos conozcan en adelante de las sentencias apeladas de las Justicias Ordinarias de sus respectivos Pueblos hasta en la cantidad de 40000 maravedis, con lo demas que se previene

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Full view   Universidad Complutense de Madrid
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