Real Provision de su Magestad y Señores del Consejo para que en las ciudades, villas y lugares de el Reyno los Diputados del Comun duren por dos años, mudandose anualmente dos donde se eligen quatro, y uno donde hai dos, sin perjuicio de las Elecciones hechas para el presente año

Description

Viewability

Item Link Original Source
Full view   Universidad Complutense de Madrid